Errores comunes en la presentación del Modelo 232

Es fundamental evitar errores al declarar las operaciones vinculadas en el Modelo 232 para evitar posibles problemas con la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT) y garantizar un cumplimiento fiscal adecuado. A continuación, te presentamos los más comunes.

 

1 Inconsistencia en los importes Declarados:

Comprobar que los importes declarados en el Modelo 232 coincidan tanto con las cuentas anuales como con la documentación de precios de transferencia (Local File) es fundamental para evitar problemas en una comprobación y/o inspecciones de la AEAT.

 

2. Falta de Documentación de Precios de Transferencia:

Presentar el Modelo 232 sin tener preparada la documentación de precios de transferencia como soporte es un riesgo importante. Recordemos que la AEAT tiene el derecho de comprobar las operaciones vinculadas, y la falta o una inadecuada documentación puede generar multas y sanciones (artículo 18.10 de la Ley 27/2014).

Si necesitas sabes quien está obligado a preparar la documentación de precios de transferencia y que tipos de documentación, consulta nuestro artículo, Preguntas frecuentes o si lo prefieres,  haznos directamente la consulta a nosotros.

 

3. No Presentar el Modelo 232 si se ha preparado la Documentación de Precios de Transferencia Normalizada (FOV):

Si previamente se ha presentado la documentación de precios de transferencia normalizada (FOV), no presentar el Modelo 232 es un error. Ambos requisitos son independientes y deben cumplirse por separado según la normativa fiscal.

 

4. Clasificación Incorrecta de Entidades Vinculadas:

Clasificar todas las entidades vinculadas como empresas del Grupo (D) sin considerar las relaciones más específicas (como socio, A) es un error común. La clasificación de las entidades debe ser lo más precisa posible.

 

5. Inconsistencia en el Método de Valoración:

El método de valoración declarado en el Modelo 232 debe coincidir con el utilizado en la documentación de precios de transferencia. Cualquier discrepancia puede dar lugar a preguntas en caso de comprobación y/o inspección de los precios de transferencia.

 

6. Error en el Tipo de Operación:

Indicar un tipo de operación incorrecto en el Modelo 232 es otro error común. Es vital seleccionar el tipo de operación adecuado para evitar confusiones y posibles comprobaciones por parte de la AEAT.

 

7. Agrupación Incorrecta de Importes:

Otro error común es no agrupar los importes en operaciones realizadas con la misma entidad vinculada si son del mismo tipo (servicios, comerciales, etc.), son todas ingresos o gastos, y utilizan todas el mismo método de valoración. La agrupación debe hacerse cuidadosamente.

 

8. Omisión de Operaciones Significativas:

Es un error común, no declarar operaciones que compartan el mismo tipo y método de valoración y que no alcanzan el importe total de 250.000 €, si en conjunto superan el 50 % del volumen de negocio de la entidad declarante.

 

9. Omisión de Operaciones Específicas:

No declarar las operaciones específicas que superan los 100.000 € pero son inferiores a los 250.000 € es otro error a evitar. La normativa exige la declaración de estas transacciones si superan los 100.000 €. Consultar los tipos de operaciones específicas en nuestra entrada del blog, todo sobre el modelo 232.

 

10. No Declarar Operaciones con Paraísos Fiscales:

No declarar las operaciones con entidades ubicadas en paraísos fiscales es una omisión que puede tener graves consecuencias. Las transacciones con estas entidades están bajo un control especial, y no declararlas puede ser interpretado como evasión fiscal.

 

11. Declarar las operaciones con Entidades del mismo Grupo de Consolidación Fiscal:

Las operaciones vinculadas con las entidades del mismo Grupo de consolidación fiscal no deben ser declaradas en el modelo 232.

 

12. Incumplimiento de Plazos en la presentación del modelo:

No presentar el Modelo 232 o hacerlo fuera de plazo genera comprobaciones y/o sanciones.

 

 Conclusión:

Evitar estos errores comunes es esencial para evitar posibles comprobaciones y/o inspecciones o preguntas innecesarias por la AEAT.

La declaración correcta de las operaciones vinculadas, la consistencia entre los documentos relacionados y el cumplimiento de los plazos son fundamentales.

Si tienes dudas o consultas, estamos a su disposición para aclararlas. Consulta nuestra entrada del Blog “todo sobre el modelo 232” o  si lo prefieres, haznos tu consulta Contactando con nosotros.